| Contrato de Arras Se conoce también como arras, señal o paga y señal. El contrato de arras es un verdadero compromiso de compraventa, que obliga a ambas partes, y por el que la disidente puede ser obligada a su cumplimiento. En el código civil se distingue entre arras confirmatorias, arras penales y arras penitenciales. Las Arras confirmatorias. Son la señal de celebración de un contrato en el que la cantidad entregada es un anticipo o parte del precio. Por lo tanto, contemplan la voluntad de perfeccionar un contrato de compraventa y no facultan para dejar sin efecto la obligación contraída por vendedor y comprador. No están contempladas en el Código Cilvil. Las Arras penales son la garantía de cumplimiento o de indemnización en caso de incumplimiento; se pierden si el contrato no se lleva e efecto y no permiten desligarse de éste. No están contempladas en el Código Civil. Las Arras penitenciales son las únicas que permiten resolver o desistir del contrato mediante la pérdida o la restitución duplicada y son las únicas que están contempladas en el Código Civil. |