| Plusvalía Estatal Al transmitirse un inmueble, generalmente se produce una plusvalía, es decir, un beneficio obtenido por el vendedor debido a la revalorización del mercado inmobiliario. El régimen legal aplicable a las transmisiones de inmuebles es el siguiente: Las ganancias patrimoniales cuyo período de generación sea superior al año están sometidas a un tipo fijo de gravamen, que es el 18 %, frente a la tributación mediante tarifa progresiva para el caso de ganancias patrimoniales producidas en un año o menos. Solo el caso de la venta de la vivienda que sirve de domicilio habitual para utilizar el importe en la adquisición de una nueva vivienda como nuevo domicilio habitual está exento del gravamen de plusvalía estatal, siempre que la reinversión se produzca en un plazo de dos años. |